En enero de 2011 se produjo un importante cambio en la normativa de homologaciones y reformas que provocó cierta confusión entre laboratorios, itv, ingenieros, talleres… Con este cambio se producía la adecuación a la directiva marco 2007/46/CE del Parlamento Europeo sobre homologaciones de vehículos. Esta directiva marco es de aplicación en todos los países de la Unión Europea, cada país tiene la obligación de cumplirla, ahora bien se deja libertad a la hora de generar la normativa que asegure su cumplimiento.Aquí este paso se dio el 14 de Enero de 2011.
Según el R.D. 866/2010 la tramitación de reformas podrá requerir de todos o algunos de los siguientes documentos:
- Proyecto Técnico y Certificado final de obra, firmados por técnico titulado competente (ingeniero)
- Informe de Conformidad, emitido por el Servicio Técnico de Reformas (fabricante o laboratorio de reformas)
- Certificado de Taller donde se ha efectuado la reforma.
El Manual de Reformas de Vehículos sustituye al anterior Manual de Reformas de Importancia, cambiando completamente la forma de organizar los tipos de reformas. Nos olvidamos de las “cuarentaitantas” reformas del anterior manual y pasamos a los códigos de reformas C.R. organizados por los siguientes grupos:
- Identificación.
- Unidad motriz.
- Transmisión.
- Ejes.
- Suspensión.
- Dirección.
- Frenos.
- Carrocería.
- Dispositivos de alumbrado y señalización.
- Uniones entre vehículos tractores y sus remolques o semirremolques.
- Modificación de los datos que aparecen en la ficha técnica.
Cada grupo anterior contiene los distintos C.R. en forma de fichas con el siguiente contenido:
- Descripción de la reforma
- Campo de aplicación, categorías de vehículos a las que le afecta.
- Actos reglamentarios aplicable a la reforma
- Documentación necesaria (Proyecto, Certificado fin de obra, Informe de Conformidad, Certificado de Taller, Información adicional)
- Directrices para las inspecciones en ITV
- Normalización de la anotación de la reforma en ficha técnica.
De esta forma cuando se quiera hacer una reforma en un vehículo habrá que ir al Manual de Reformas de Vehículos y localizar todos los C.R. (códigos de reforma) que se vean implicados en la reforma (no confundir el término genérico “reforma” con el uso de “reforma” como C.R.). Una vez tenemos todos los C.R. veremos de cada uno de ellos la documentación que se necesita. No quiere decir que haga falta un Informe de Conformidad para cada C.R., basta con uno en el que se incluyan todos los C.R. y lo mismo ocurre con El Certificado de Taller y el Proyecto. La documentación se lleva a la ITV junto con el vehículo reformado y se realiza la legalización de la reforma, quedando ésta reflejada en la ficha técnica. La documentación queda adjuntada al expediente de reforma y archivada en la ITV.
Fuente: Izadivan